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PERMISO DE LACTANCIA Y PERMISOS NO RETRIBUIDOS O EXCEDENCIA POSTERIORES A SU DISFRUTE SIN SOLUCIÓN DE CONTINUIDAD

Sentencia del Tribunal Supremo ganada por FSIE Islas Baleares sobre la acumulación de lactancia y excedencia posterior al disfruteEl Tribunal Supremo en su Sentencia 339/2024, de 22 de febrero de 2024 se ha pronunciado a favor de FSIE, en el Conflicto Colectivo iniciado por FSIE Islas Baleares, permitiendo el disfrute del permiso de lactancia, en su modalidad de días acumulados, y posterior excedencia o permiso no retribuido "sin solución de continuidad".

Se trata de trabajadores que el día siguiente a finalizar el permiso de lactancia acumulado en jornadas completas inician, a continuación, y de forma ininterrumpida, un período de excedencia o permiso no retribuido.

La Consejería de Educación de las Islas Baleares restringía "de facto" que los trabajadores que hubieran disfrutado del permiso de lactancia en su modalidad de días acumulados pudieran disfrutar a continuación y sin solución de continuidad una excedencia o permiso no retribuido. En estos casos, la Consejería procedía a retirar la financiación de la nómina y seguridad social de los trabajadores y sus sustitutos durante el periodo de lactancia acumulado en jornadas completas, lo que limitaba el ejercicio de este derecho de conciliación, al no retribuir el mismo.

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